Concepto. Acuerdo por el cual una persona
natural (trabajador) se obliga a prestar un servicio personal a otra persona
natural o jurídica (empleador), bajo dependencia o subordinación y a cambio de
un salario.
Tipos de contrato.
1.Contrato
indefinido:
-Es todo contrato que concierta la prestación de servicios por un
tiempo ilimitado.
2.Contrato indefinido
de fijos-discontinuos:
-Es el que se realiza para trabajos que son fijos pero
no se repiten en determinadas fechas, produciendo discontinuidad en el tiempo.
3. Contratación de minusválidos
-Esta modalidad fue creada para facilitar
la integración laboral de las personas con discapacidad.
4.Contrato para el
fomento de la contratación indefinida:
Tiene como objetivo facilitar el
empleo estable para trabajadores desempleados y aquellos sujetos a una relación
laboral de carácter temporal.
5.
Contrato para la formación:
-Este contrato tiene como finalidad la
adquisición de formación teórico-práctica necesaria para la realización adecuada
de un trabajo que requiera algún tipo de cualificación o acreditación.
6.
Contratos en prácticas:
-Sirven para facilitar las prácticas profesionales a
los trabajadores con título universitario o formación profesional de grado medio
o superior, e incluso otros títulos, siempre y cuando estén reconocidos
oficialmente como equivalentes y que habiliten para el ejercicio
profesional.
7. Contrato temporal para trabajadores desempleados en situación
de exclusión social:
-El objetivo es fomentar la contratación de aquellos
trabajadores en situación de exclusión social, que están
desempleados.
8.Contrato de obra o servicio determinado:
Es aquel que se
firma para la realización de una obra o servicio, con autonomía y cuya duración
sea incierta.
9.Contrato eventual por circunstancias de la producción:
-Se
celebra para responder a las exigencias del mercado, acumulación de tareas o
exceso de pedidos, que surgen en la empresa, en un momento
determinado.
10.Contrato de
interinidad:
-Este contrato tiene como finalidad sustituir a un trabajador
con derecho a reserva de puesto de trabajo para cubrir temporalmente ese puesto
de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su ocupación
definitiva.
11.Contratación en
sustitución por anticipación de la edad de jubilación:
-Su fin es la
contratación de trabajadores desempleados para sustituir a aquellos trabajadores
que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años.
12.Contrato
de relevo:
-Se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que
tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para
sustituir parcialmente a un trabajador de la empresa que se jubila de manera
parcial, ya que simultáneamente trabaja a tiempo parcial en la empresa, además
de estar jubilado.
13. Contrato a tiempo parcial:
-Se celebra cuando se
haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la
semana, al mes o al año, inferiores a la jornada a tiempo.
14.Contratos de
inserción:
-Para participar en programas públicos de realización de obras y
servicios de interés general y social.
Elementos mínimos que se tienen que
incluir en un contrato
· La clase de
labor que habrá de desarrollarse y sus circunstancias.
· El lugar de trabajo,
el cual no es sólo el domicilio del empleador, sino el lugar físico donde deberá
ubicarse el trabajador para el desempeño de sus funciones.
· La cuantía y
forma de remuneración.
· Los periodos de pago con los plazos que habrán de
mediar entre cada pago salarial.
· La duración del contrato, que por ser
verbal se entenderá siempre como a término indefinido.
· No pueden existir
plazos ni periodo de prueba dentro de este tipo de contratos.
Puede
ocurrir que el empleador y el trabajador convengan la labor a desarrollar y el
lugar y duración del contrato, más no se especifique nada con relación al
salario o remuneración. En este caso concreto, el problema se soluciona de la
siguiente manera:
· Si se trata de un trabajador cuyas actividades no
requieren especialización o técnica alguna, la remuneración para una jornada
laboral de ocho (8) horas será el salario mínimo legal vigente fijado por el
Gobierno Nacional.
· Cuando se trata de un trabajador técnico, profesional o
especializado, la remuneración es fijada por un perito nombrado por el juez
laboral, quien dictaminará acerca de la labor ejecutada por el trabajador y la
remuneración que corresponde para cada caso.
Modelo de contrato indefinido y uno de contrato temporal
El contrato ordinario indefinido es aquél que se
concierta sin establecer límites en la prestación de los servicios. Podrá ser
verbal o escrito, debiendo ser comunicado en la Oficina de Empleo en los diez
días siguientes a su concertación.
Es un acuerdo entre el trabajador y el empresario por
el cual el primero está obligado a ofrecer determinados servicios y el
empresario, a su vez, está obligado a retribuirlos.
http://www.ugt.es/juventud/guia/cap2_5.htm
Diferencia entre contrato en practica y
contrato de formacion
El contrato en
prácticas va destinado a personas que cuenten con un título universitario o de
formación profesional de grado medio o superior obtenido dentro de los cinco
años anteriores al momento de la contratación o de los siete últimos si se trata
de un trabajador minusválido.
El
contrato para la formación va destinado a personas mayores de 16 años y menores
de 21 que carezcan de la titulación necesaria para otorgar un contrato en
prácticas y tiene como finalidad la adquisición por parte del trabajador de la
formación teórica y práctica necesaria para desempeñar adecuadamente un oficio o
un puesto de trabajo que requiera un cierto nivel de cualificación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario